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Requisitos para Tramitar la Constancia de Egresado
DESCRIPCIÓN:
Este proceso permite emitir la constancia de egresado para los estudiantes de pregrado de la Universidad de forma virtual. Dicha constancia acredita que el estudiante ha aprobado las asignaturas requeridas por el plan de estudios, y cumplido con los requisitos del currículo de su escuela profesional.
OBJETIVO:
Establecer el procedimiento para la emisión virtual de la constancia de egresado de pregrado.
BASE LEGAL:
- Ley Universitaria, Ley Nº 30220
- Estatuto de la Universidad Nacional del Callao
- Reglamento de Estudios de la Universidad Nacional del Callao
- Texto Único de Procedimientos Administrativos vigente (TUPA – UNAC)
- Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 2744
- Constancia de Ingreso a la Universidad.
- Certificado de Estudios.
- Constancia de Prácticas Pre-Profesionales con un periodo mínimo de tres (3) meses acumulables.
- Constancias de no adeudar a OSA (Biblioteca Central y Banco de Libros).
- Constancias de no adeudar a la Facultad (Biblioteca Especializada, Centro de Cómputo, Laboratorio, Talleres y otros).
- Constancia de no adeudar pagos a la UNAC, emitida por la Oficina de Tesorería.
- Fotografía digital a color tamaño carne (varones con terno y corbata, damas con vestido o traje de blusa, falda y saco), actuales, nítidas, sin sellos, sin lentes, de frente y fondo blanco.
- Pago por el concepto de Constancia de Egresado de acuerdo al TUPA vigente.
- Dirección de Escuela
- Decanato
- Tres (03) días laborables
- Usuario
- Genera el trámite virtual para la emisión de la Constancia de Egresado, adjuntando los documentos digitales correspondientes a cada requisito, en el orden señalado.
- Realiza el Pago de la tarifa, utilizando el sistema Interconectado del banco Scotiabank.
- El Banco Scotiabank informa en línea a la UNAC a través del SGA el pago realizado.
- El SGA envía el trámite a la Dirección de Escuela para su atención.
- Dirección de Escuela
- El Comité Directivo evalúa el expediente y dictamina sobre lo solicitado.
- Si el dictamen es favorable: Se eleva al Decano para la expedición de la Constancia de Egresado.
- Si el dictamen no es favorable: Se devuelve el expediente virtual al interesado con las observaciones a levantar.
- Decanato
- Recibe dictamen favorable del Comité Directivo de la Escuela.
- Emite, firma y envía en formato digital la constancia al estudiante, con copia a ORAA.

DESCRIPCIÓN:
Este proceso permite emitir la constancia de no adeudar a la Facultad: Biblioteca especializada, centro de cómputo, laboratorios, talleres y otros de forma virtual.
OBJETIVO:
Establecer el procedimiento para la emisión virtual de la constancia de no adeudo en las Facultades.
BASE LEGAL:
- Ley Universitaria, Ley Nº 30220
- Estatuto de la Universidad Nacional del Callao
- Reglamento de Estudios de la Universidad Nacional del Callao
- Texto Único de Procedimientos Administrativos vigente (TUPA – UNAC)
- Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444
- Pago por el concepto de NO ADEUDAR A LA FACULTAD indicando la cantidad de dependencias (biblioteca especializada, centro de cómputo, laboratorio, talleres y otros) según lo señalado por su facultad.
- DIRECCIÓN DE ESCUELA DE LA FACULTAD
- Un (01) día.
- Usuario
- Genera el trámite virtual para la emisión de la constancia de NO Adeudar a la Facultad.
- Realiza el Pago de la tarifa, utilizando el sistema Interconectado del banco Scotiabank.
- El Banco Scotiabank informa en línea a la UNAC a través del SGA el pago realizado.
- El SGA envía el trámite a la Dirección de Escuela para su atención.
- La Dirección de Escuela de la Facultad, realiza el siguiente procedimiento:
- Verifica que el estudiante no presente deudas a la Facultad, en base a la información registrada por las diferentes dependencias de la Facultad.
- Si no presenta deudas, emite la constancia de no adeudar a la Facultad
- Si presenta deudas, informa al interesado para que subsane la deuda.
- Emite, firma y envía en formato digital la constancia al estudiante.

DESCRIPCIÓN:
Este proceso permite emitir la constancia de no adeudar a la Oficina de Servicios Académicos de forma virtual.
OBJETIVO:
Establecer el procedimiento para la emisión virtual de la Constancia de no adeudar a la Oficina de Servicios Académicos
BASE LEGAL:
- Ley Universitaria, Ley Nº 30220
- Estatuto de la Universidad Nacional del Callao
- Reglamento de Estudios de la Universidad Nacional del Callao
- Texto Único de Procedimientos Administrativos vigente (TUPA – UNAC)
- Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444
- Pago por el concepto de NO ADEUDAR A LA BIBLIOTECA CENTRAL.
- Pago por el concepto de NO ADEUDAR AL BANCO DE LIBROS.
- OFICINA DE SERVICIOS ACADÉMICOS
- Un (01) día.
- Usuario
- Genera el trámite virtual para la emisión de la constancia de NO ADEUDAR a la Oficina de Servicios Académicos.
- Realiza el Pago de la tarifa, utilizando el sistema Interconectado del banco Scotiabank.
- El Banco Scotiabank informa en línea a la UNAC a través del SGA el pago realizado.
- El SGA envía el trámite a la Oficina de Servicios Académicos para su atención.
- La Oficina de Servicios Académicos, realiza el siguiente procedimiento:
- Verifica que el estudiante no presente deudas biblioteca central y banco de libros, en base a la información registrada por las dichas dependencias.
- Si no presenta deudas, emite la constancia de no adeudar a la Oficina de Servicios Académicos.
- Si presenta deudas, informa al interesado para que subsane la deuda.
- Emite, firma y envía en formato digital la constancia al estudiante.

MANUALES PARA LOS TRÁMITES VIRTUALES
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